Presentan iniciativa de federalización de delitos contra la libertad de expresión
México D.F., 26 de noviembre de 2008 (Cencos).- El día de hoy la Cámara de Diputados recibió la iniciativa de ley que tipifica como delito federal los ataques a la libertad de expresión.
La iniciativa recibida por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados “tutela el derecho, no el sujeto, de libertad de expresión en su nivel más amplio e incluyente”, subraya Darío Ramírez director en México de la organización internacional Artículo 19.
Al respecto, la propuesta resalta que “la necesidad de otorgar una protección directa al bien jurídico que nos interesa, la libertad de expresión, y no restringir la protección de ese derecho para un grupo de sujetos; se debe proteger el objeto y no el sujeto, conforme al artículo 13 constitucional que prohíbe ser juzgado por ‘leyes privativas’”.
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados manifestó apoyo irrestricto a la iniciativa presentada por el consejo consultivo de organizaciones civiles, en la que participó Darío Ramírez y Perla Gómez Gallardo, doctora en derecho e investigadora de la Universidad Autónoma de Metropolitana-Cuajimalpa, así como el diputado Gerardo Priego Tapia, presidente de la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación.
En la propuesta, entregada a los coordinadores parlamentarios Javier González Garza (PRD), César Duarte (PAN), Emilio Gamboa (PRI), Héctor Larios (PAN), Alejandro Chanona (Convergencia) y Silvia Luna (Panal) se retoman estándares internacionales de protección a la libertad de expresión establecidos en los tratados ratificados por México, con base al artículo 133 constitucional que establece:
“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados”.
En este sentido es que se integran a la iniciativa el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas que señala que:
“1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
Y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) sostiene que: “Toda personas tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones es ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento-
Asimismo, destaca Darío Ramírez, se retomó el artículo 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que establece:
“El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.
Con lo anterior se prevé que las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia retomen, para los procesos penales y sentencias, los tratados internacionales ratificados por México en materia de libertad de expresión.
En cuanto a las sanciones penales, la iniciativa propone la adición al Título Vigésimo Séptimo, De los delitos cometidos en contra de la libertad de expresión:
“Artículo 430.- Se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa al que, con el propósito de coartar el derecho de una persona a expresarse y difundir libremente sus pensamientos, ideas, opiniones e informaciones perpetre en su contra algún acto tipificado como delito en este Código.
Igual sanción se impondrá a quien, con idéntico propósito, atente por medios tipificados como delito, en contra de las instalaciones de cualquier persona moral dedicada a la comunicación.
Si el sujeto del delito fuese servidor público, la pena señalada en este artículo se aumentará hasta en una mitad. Además será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro hasta por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.
Las sanciones previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de la que corresponda por el delito o delitos cometidos sin menoscabo y perjuicio que la ley federal de servidores públicos establece”.
En este sentido Darío Ramírez enfatiza que las sanciones a servidores públicos se contemplan más severas para evitar la colusión entre estos y el crimen organizado contra la libertad de expresión”.
Por otra parte, destacan las adiciones al artículo 116: “Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a denunciarlo ante el Ministerio Público y en caso de urgencia ante cualquier funcionario o agente de policía.
Tratándose de delitos referidos en el artículo 430 del Código Penal Federal que probablemente involucren ataques a la libertad de expresión, la autoridad que conozca del asunto lo pondrá del inmediato conocimiento del Ministerio Público de la Federación.
El Ministerio Público de la Federación deberá abrir y agotar una línea de investigación en los términos del artículo 430 del Código Penal Federal.
Las autoridades locales coadyuvarán en la investigación sin menoscabo de la competencia Federal”.
Con lo anterior, explica el director de Artículo 19, “los Ministerios Públicos estatales estarán obligados a coadyuvar con el Ministerio Público federal, quien deberá realizar una investigación.
El compromiso de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados fue presentar la iniciativa al pleno mañana jueves 27 de noviembre para que sea aprobada antes del 11 de diciembre”, destacó Darío Ramírez.
Centro Nacional de Comunicación Social
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