jueves, 27 de noviembre de 2008

Presentan iniciativa de federalización de delitos contra la libertad de expresión

Presentan iniciativa de federalización de delitos contra la libertad de expresión


México D.F., 26 de noviembre de 2008 (Cencos).- El día de hoy la Cámara de Diputados recibió la iniciativa de ley que tipifica como delito federal los ataques a la libertad de expresión.

La iniciativa recibida por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados “tutela el derecho, no el sujeto, de libertad de expresión en su nivel más amplio e incluyente”, subraya Darío Ramírez director en México de la organización internacional Artículo 19.

Al respecto, la propuesta resalta que “la necesidad de otorgar una protección directa al bien jurídico que nos interesa, la libertad de expresión, y no restringir la protección de ese derecho para un grupo de sujetos; se debe proteger el objeto y no el sujeto, conforme al artículo 13 constitucional que prohíbe ser juzgado por ‘leyes privativas’”.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados manifestó apoyo irrestricto a la iniciativa presentada por el consejo consultivo de organizaciones civiles, en la que participó Darío Ramírez y Perla Gómez Gallardo, doctora en derecho e investigadora de la Universidad Autónoma de Metropolitana-Cuajimalpa, así como el diputado Gerardo Priego Tapia, presidente de la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación.

En la propuesta, entregada a los coordinadores parlamentarios Javier González Garza (PRD), César Duarte (PAN), Emilio Gamboa (PRI), Héctor Larios (PAN), Alejandro Chanona (Convergencia) y Silvia Luna (Panal) se retoman estándares internacionales de protección a la libertad de expresión establecidos en los tratados ratificados por México, con base al artículo 133 constitucional que establece:

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados”.

En este sentido es que se integran a la iniciativa el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas que señala que:

“1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

Y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) sostiene que: “Toda personas tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones es ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento-

Asimismo, destaca Darío Ramírez, se retomó el artículo 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que establece:

“El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

Con lo anterior se prevé que las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia retomen, para los procesos penales y sentencias, los tratados internacionales ratificados por México en materia de libertad de expresión.

En cuanto a las sanciones penales, la iniciativa propone la adición al Título Vigésimo Séptimo, De los delitos cometidos en contra de la libertad de expresión:

“Artículo 430.- Se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa al que, con el propósito de coartar el derecho de una persona a expresarse y difundir libremente sus pensamientos, ideas, opiniones e informaciones perpetre en su contra algún acto tipificado como delito en este Código.

Igual sanción se impondrá a quien, con idéntico propósito, atente por medios tipificados como delito, en contra de las instalaciones de cualquier persona moral dedicada a la comunicación.

Si el sujeto del delito fuese servidor público, la pena señalada en este artículo se aumentará hasta en una mitad. Además será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro hasta por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.

Las sanciones previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de la que corresponda por el delito o delitos cometidos sin menoscabo y perjuicio que la ley federal de servidores públicos establece”.

En este sentido Darío Ramírez enfatiza que las sanciones a servidores públicos se contemplan más severas para evitar la colusión entre estos y el crimen organizado contra la libertad de expresión”.

Por otra parte, destacan las adiciones al artículo 116: “Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a denunciarlo ante el Ministerio Público y en caso de urgencia ante cualquier funcionario o agente de policía.

Tratándose de delitos referidos en el artículo 430 del Código Penal Federal que probablemente involucren ataques a la libertad de expresión, la autoridad que conozca del asunto lo pondrá del inmediato conocimiento del Ministerio Público de la Federación.

El Ministerio Público de la Federación deberá abrir y agotar una línea de investigación en los términos del artículo 430 del Código Penal Federal.

Las autoridades locales coadyuvarán en la investigación sin menoscabo de la competencia Federal”.

Con lo anterior, explica el director de Artículo 19, “los Ministerios Públicos estatales estarán obligados a coadyuvar con el Ministerio Público federal, quien deberá realizar una investigación.

El compromiso de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados fue presentar la iniciativa al pleno mañana jueves 27 de noviembre para que sea aprobada antes del 11 de diciembre”, destacó Darío Ramírez.

Centro Nacional de Comunicación Social

jueves, 20 de noviembre de 2008

Pronunciamiento: Exigimos esclarecimiento del asesinato del periodista Armando Rodríguez

Pronunciamiento: Exigimos esclarecimiento del asesinato del periodista Armando Rodríguez


Difusión Cencos México D.F., 14 de noviembre de 2008

Pronunciamiento
Organizaciones Civiles y Sociales

La mañana del 13 de Noviembre de 2008 fue asesinado el reportero de la fuente policiaca de El Diario Armando Rodriguez en Ciudad Juárez, el estado de Chihuahua (norte).

A principios de este año el reportero de El Diario, con otros siete periodistas que cubrían la misma fuente, fueron amenazados de muerte. Por este motivo Armando Rodríguez tuvo que abandonar su empleo temporalmente para trasladarse a vivir a El Paso, Texas, Estados Unidos, para posteriormente regresar y cubrir de nueva cuenta la fuente policíaca.

El asesinato de un periodista, motivado por su labor informativa constituye la forma más extrema de censura, lo que no sólo coarta el derecho a libre expresión de la víctima sino también el derecho de la sociedad en su conjunto a informarse. Por ello, el Estado tiene la obligación de prevenir, investigar y sancionar a los autores, así como "asegurar una adecuada reparación a las víctimas". [1] La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sentenciado que: "dicha obligación general se impone no sólo en relación con el poder del Estado sino también en relación con actuaciones de terceros particulares"[2]. Esto hace referencia a que no importa quiénes sean los perpetradores –crimen organizado, narcotráfico o cualquier grupo fuera o dentro de la ley- el responsable por guardar la integridad y seguridad de los y las periodistas es el Estado.

El actual contexto de inseguridad que afecta al país no justifica las agresiones de las que son víctimas las y los periodistas a lo largo y ancho del territorio nacional. El libre flujo de ideas así como el derecho de la colectividad a contar con información clara, veraz y oportuna constituye una condición indispensable para garantizar la seguridad de todas las personas.

Es necesario resolver los casos anteriores de asesinatos y desapariciones de comunicadores, de los que las autoridades no han dictado sentencia o consignado a los responsables. Es indispensable para garantizar el estado de derecho democrático que el Estado mexicano, a través de sus distintas instancias de procuración de justicia actúe para poner fin a esta situación donde impera la impunidad e inicie acciones inmediatas para prevenir las agresiones a periodistas.

Pedimos a la Fiscalía Especial para Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas (FEADP) que ejerció la facultad de atracción del asesinato de Armando Rodríguez, realice todas las investigaciones necesarias para que se consigne a los responsables y se dicte sentencia.

Exhortamos a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a través del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos que actualmente se involucró en el proceso, dé cabalidad al cumplimiento de la protección y promoción de los derechos humanos en especial de la libertad de expresión.

Expresamos nuestra solidaridad con las y los familiares de Armando Rodríguez, así como con sus colegas y nos sumamos a la enérgica exigencia que se ha manifestado tanto a nivel nacional como internacional, para que el Estado mexicano investigue de manera efectiva los hechos para castigar a los autores materiales e intelectuales de este crimen.

Hacemos un llamado a la comunidad internacional para que se solidarice con el gremio periodístico y con la sociedad en general por el clima de inseguridad en el ejercicio de la libertad de expresión que se vive actualmente en México.

Organizaciones que suscriben:

ARTICLE19, Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS), Fundación Manuel Buendía (FMB), Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), Premio Nacional de Periodismo (PNP), Sindicato Nacional de Redactores de la Prensa (SNRP), Revista Contralínea, Sindicato Independiente de Trabajadores de la Jornada (Sitrajor), Sindicato de Trabajadores del Sol de Puebla.
________________________________________

[1] [1] Principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. De igual modo, el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec refuerza este mismo punto.

[2] Cfr. Caso de Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales, supra nota 1, considerando séptimo; Caso Comunidades del Jiguamiandó y del Curbaradó. Medidas Provisionales, supra nota 1, considerando séptimo; Caso Bácama Velásquez. Medidas Provisionales, supra nota 1, considerando séptimo; y Caso Eloisa Barrios y otros. Medidas Provisionales, supra nota 1, considerando séptimo.

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

Preocupante estado de inseguridad de periodistas en México

Preocupante estado de inseguridad de periodistas en México


México D.F., 20 de noviembre de 2008 (Cencos).- El derecho a la libertad de expresión y la libertad de prensa en nuestro país presenta focos rojos en 2008. El periodismo en México, de norte a sur del territorio, se ha convertido en una labor de alto riesgo.
Las y los comunicadores enfrentan cada día con mayor frecuencia amenazas, agresiones, asesinatos y desapariciones ante la falta de garantías de seguridad por parte del Estado para ejercer la labor de informar a la sociedad, requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.
Lo anterior pone de manifiesto la vulnerabilidad con la que laboran las y los periodistas y la ausencia de una política de previsión y seguridad por parte de las empresas de comunicación ante los riesgos que asumen comunicadores y comunicadores al cubrir temas de interés nacional.
Autoridades municipales, estatales y federales, elementos del Ejército mexicano, agentes policiales así como el crimen organizado son los principales agresores de periodistas, que responden de forma violenta al ver afectados sus intereses.
El Estado así como las empresas de comunicación fallan al dejar desprotegidos a los periodistas. Uno de los casos que ejemplifican claramente lo anterior es el asesinato del reportero Armando Rodríguez de El Diario de Ciudad Juárez, Chihuahua.
A principios de este año Armando Rodríguez y otros siete periodistas que cubrían la fuente policiaca fueron amenazados de muerte, lo que obligó al reportero de El Diario a abandonar su empleo temporalmente en un autoexilio en El Paso, Texas, Estados Unidos. Al regresar a su lugar de residencia y trabajo fue acribillado.
México, al ratificar tratados internacionales de derechos humanos como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto de San José, entre otros, en los que se estipula que la libertad de prensa es un derecho humano inalienable e inherente a todas las personas, está obligado a vigilar y defender este derecho.
El asesinato de un periodista motivado por su labor informativa constituye la forma más extrema de censura, lo que no sólo coarta el derecho a libre expresión de la víctima sino también el derecho de la sociedad en su conjunto a informarse, como lo establece el Principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. De igual modo, el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec refuerza este mismo punto.
Por ello, el Estado tiene la obligación de prevenir, investigar y sancionar a los autores, así como "asegurar una adecuada reparación a las víctimas”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sentenciado que: "dicha obligación general se impone no sólo en relación con el poder del Estado sino también en relación con actuaciones de terceros particulares". Esto hace referencia a que no importa quiénes sean los perpetradores –crimen organizado, narcotráfico o cualquier grupo fuera o dentro de la ley- el responsable por guardar la integridad y seguridad de los y las periodistas es el Estado.
El actual contexto de inseguridad que azota a nuestro país y en el que uno de los sectores más afectados es el periodístico, no justifica las agresiones de las que están siendo víctimas las y los comunicadores a lo largo y ancho del territorio.
El grado de intimidación de los poderes fácticos contra la libertad de expresión queda de manifiesto cuando se encontró en la Plaza del Periodista en Ciudad Juárez, Chihuahua, una cabeza humana cercenada cubierta en una bolsa plástica negra, como lo reportaron medios locales.
Ante tal situación, es urgente que las autoridades investiguen y resuelvan los casos anteriores de asesinatos y desapariciones de comunicadores y comunicadoras que siguen sin sentencia o consignación del o los responsables, para cumplir con el derecho a un efectivo acceso a la justicia al que tienen derecho las víctimas y sus familiares.
Es indispensable para garantizar el estado de derecho democrático que el Estado mexicano actúe para poner fin a esta situación donde impera la impunidad que genera más agresiones contra las y los periodistas.
Asimismo, es necesario que las organizaciones de la sociedad civil que vigilan y promueven la libertad de expresión en nuestro país continúen con la labor de registrar y denunciar las agresiones y demandar al Estado cumpla con su mandato constitucional de velar por la seguridad de las y los periodistas, así como hacer eficientes las instancias gubernamentales encargadas de vigilar el cumplimiento de este derecho fundamental.
De igual forma se hace urgente un esfuerzo de empresarios dueños de medios de comunicación, directivos y editores mediante el cual se brinden mecanismos de protección y seguridad a la integridad física de las y los periodistas, ya que las agresiones no solo afectan a las personas y a las empresas, sino a la sociedad en su conjunto.
Centro Nacional de Comunicación Social